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Declaración previa de Mejoras ante la Dirección de Catastro
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Este requisito es sólo para aquellos inmuebles, ya sea que persigan la obtención del Final de Obra o de aprobación de una subdivisión, cuyas mejoras (cubiertas o descubiertas, como piletas) no se encuentren registradas en la base de datos del Catastro Municipal, o bien se encuentre registrada una cantidad menor.
La información puede verificarse en el cedulón de la Contribución sobre Inmuebles, o bien consultando en este sitio Web en la sección “Impresión de Cedulones”, o personalmente en las oficinas de Catastro en el área central o CPC.
El trámite para la Declaración Jurada de Mejoras está fijado en el artículo 3 de la Resolución 01/2009 de la Dirección de Catastro Municipal y se realiza a través de los formularios “Declaración Jurada de Mejoras” y “Planilla de Inspección Tipología Vivienda” o “Planilla de Inspección Tipología Edificio en Altura”, según corresponda.
La presentación tiene carácter de “declaración jurada”, queda sujeta a verificación por personal de Catastro y deberá estar suscripta por profesional habilitado (Ing. Agrimensor o Civil, Maestro Mayor de Obra, Técnico Constructor o Arquitecto).
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fecha: 15/Abr/2010
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